Requisitos de Inscripción al Régimen Simple
Para acceder y permanecer en el Régimen Simple de Tributación, es fundamental cumplir con ciertos requisitos establecidos por la legislación tributaria colombiana. Esta guía detalla todos los requisitos necesarios.
Requisitos de Elegibilidad
1. Límite de Ingresos Brutos
El requisito fundamental para pertenecer al Régimen Simple es que tus ingresos brutos anuales no superen los 100,000 UVT.
- UVT 2025: $49,799 COP → Límite de ingresos: $4,979,900,000 COP aproximadamente
- UVT 2026: $52,631 COP → Límite de ingresos: $5,263,100,000 COP aproximadamente (estimado)
- Los ingresos incluyen todos los obtenidos por cualquier causa, incluyendo ventas, servicios, arriendos, etc.
- Si excedes este límite durante un año, serás excluido del régimen al año siguiente.
2. Domiciliado en Colombia
Para personas naturales:
- Residencia permanente en Colombia.
- Centro de intereses económicos en Colombia.
- Realizar actividades económicas en territorio colombiano.
Para personas jurídicas:
- Constitución según leyes colombianas.
- Domicilio principal en Colombia.
- Desarrollo de actividades económicas en territorio nacional.
3. Realizar Actividades Permitidas
Tu actividad económica debe estar dentro de los cuatro grupos permitidos:
- Grupo 1: Tiendas minoristas y minimercados
- Grupo 2: Comercio al por mayor y menor
- Grupo 3: Servicios profesionales y consultoría
- Grupo 4: Expendio de comidas y bebidas
4. No Estar Excluido por Ley
Existen actividades que no pueden estar en el SIMPLE:
- Actividades financieras, bancarias, de seguros o fondos de inversión.
- Explotación de minas, canteras y pozos petroleros.
- Telecomunicaciones.
- Servicios públicos domiciliarios.
- Transporte aéreo, marítimo o ferroviario.
- Importación y distribución de hidrocarburos.
- Fabricación de bienes sujetos a impuestos especiales (bebidas alcohólicas, cigarrillos, etc.).
Procedimiento de Inscripción
Paso 1: Obtener el RUT (Registro Único Tributario)
Si aún no tienes RUT:
- Dirígete a cualquier oficina de la DIAN o portal de la DIAN (www.dian.gov.co).
- Solicita la inscripción en el Registro Único Tributario.
- Presenta documentos de identidad y comprobante de domicilio.
Paso 2: Solicitar Inscripción en el SIMPLE
Opciones de inscripción:
- Portal de la DIAN: Accede a www.dian.gov.co y solicita inscripción en línea.
- Presencialmente: Dirígete a la oficina de la DIAN correspondiente a tu domicilio.
- A través de gestoría: Un contador o asesor fiscal autorizado puede tramitar tu inscripción.
Paso 3: Seleccionar tu Grupo
Al inscribirte debes especificar a cuál grupo pertenece tu actividad económica principal. Esto determinará tu tarifa impositiva.
Documentos Requeridos
Para Personas Naturales
- Documento de identidad: Cédula de ciudadanía, pasaporte o cédula de extranjería (según corresponda).
- Comprobante de domicilio: Factura de servicios públicos o contrato de arrendamiento a tu nombre (últimos 3 meses).
- Formulario de inscripción: Diligenciado completamente (facilitado por la DIAN).
- Declaración jurada: Indicando que tu actividad está dentro de las permitidas y que cumplas los requisitos.
- Comprobante de ingresos: Extractos bancarios, facturas o declaraciones de ingresos que demuestren el nivel de ingresos.
Para Personas Jurídicas
- Certificado de existencia y representación legal: Expedido por la cámara de comercio (máximo 30 días de antigüedad).
- Documento de identidad del representante legal: Cédula o pasaporte.
- Acta de constitución: O documento equivalente según la naturaleza jurídica.
- Formulario de inscripción: Diligenciado y firmado por el representante legal.
- Comprobante de domicilio: De la sede principal de la empresa.
- Certificación de ingresos: Proyección de ingresos anuales o estados financieros preliminares.
Obligaciones Continuas para Mantener Inscripción
Una vez inscrito en el SIMPLE, debes cumplir con:
1. Actualizar Información en la DIAN
- Cambios en datos personales o de la empresa.
- Cambios en domicilio o actividad económica.
- Cambios en la representación legal (para jurídicas).
2. Realizar Pagos Anticipados Bimestrales
- Enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
- Cálculo basado en el grupo asignado y nivel de ingresos.
- Incumplimiento puede resultar en sanciones e intereses.
3. Presentar Declaración Anual
- Antes del 10 de abril del año siguiente al período declarado.
- Consolidar todos los ingresos brutos del año.
- Declarar el grupo al que perteneces.
4. Cumplir Obligaciones de Facturación
- Emitir factura electrónica para todas las ventas o servicios.
- Reportar a la DIAN de acuerdo al régimen de facturación.
5. Mantener Registros Contables
- Libro de ingresos y egresos simplificado.
- Documentación de todas las facturas emitidas y recibidas.
- Comprobantes de pagos realizados.
Revisión de Ingresos y Cambios
Monitoreo Anual
La DIAN revisa anualmente si tus ingresos se mantienen dentro del límite de 100,000 UVT. Si en algún año fiscal excedes este límite:
- Serás excluido automáticamente del régimen al año siguiente.
- Deberás pasar al régimen ordinario.
- Se recalculará tu obligación tributaria bajo el régimen ordinario.
Cambio Voluntario de Grupo
Puedes solicitar cambio de grupo si tu actividad económica se modifica sustancialmente. Esto requiere:
- Solicitud formal ante la DIAN.
- Justificación del cambio de actividad.
- Cambio de clasificación en el RUT.
- ✓ Verificar que tus ingresos no excedan 100,000 UVT
- ✓ Confirmar que tu actividad está permitida en el SIMPLE
- ✓ Obtener RUT si aún no lo tienes
- ✓ Reunir documentos requeridos según tu tipo (persona natural o jurídica)
- ✓ Diligenciar formularios de inscripción ante DIAN
- ✓ Seleccionar correctamente tu grupo de actividad
- ✓ Confirmar inscripción ante la DIAN
- ✓ Guardar constancia de inscripción