Obligaciones Formales del Régimen Simple
Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación tienen una serie de obligaciones formales que deben cumplir ante la DIAN y otras autoridades. Este artículo detalla todas las obligaciones legales y administrativas del régimen SIMPLE.
1. Facturación Electrónica
La facturación electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes del SIMPLE.
- Emisión de facturas: Todas las ventas de bienes o prestación de servicios deben tener factura electrónica.
- Formato requerido: Factura de venta electrónica expedida a través de software certificado.
- Requisitos mínimos: Número de factura, fecha, descripción, cantidad, valor unitario, valor total, impuestos, datos del comprador.
- Reporte a DIAN: Se debe reportar el archivo XML de la factura a través del portal de facturación electrónica de la DIAN.
- Archivo y custodia: Las facturas deben ser archivadas en formato digital según protocolos de seguridad.
2. Pagos Anticipados Bimestrales
Es obligatorio realizar seis pagos anticipados bimestrales durante el año fiscal.
Fechas de Pago
- Primer bimestre (enero-febrero): Vencimiento hasta el 25 de enero
- Segundo bimestre (marzo-abril): Vencimiento hasta el 25 de marzo
- Tercer bimestre (mayo-junio): Vencimiento hasta el 25 de mayo
- Cuarto bimestre (julio-agosto): Vencimiento hasta el 25 de julio
- Quinto bimestre (septiembre-octubre): Vencimiento hasta el 25 de septiembre
- Sexto bimestre (noviembre-diciembre): Vencimiento hasta el 25 de noviembre
Cálculo de Pagos
- Se calcula el 1/6 de la obligación tributaria estimada para el año.
- Se realiza el mismo pago en cada uno de los seis períodos.
- El pago se realiza utilizando el formulario 140 (declaración provisional).
- Se puede pagar a través del portal de la DIAN, cajeros automáticos o entidades bancarias autorizadas.
3. Declaración Anual Consolidada
Al finalizar el año fiscal, los contribuyentes del SIMPLE deben presentar una declaración anual.
Requisitos de la Declaración
- Plazo: Debe presentarse antes del 10 de abril del año siguiente.
- Ingresos totales: Consolidar todos los ingresos brutos del período gravable.
- Grupo de actividad: Indicar el grupo al que pertenece la actividad económica.
- Cálculo del impuesto: Aplicar la tarifa correspondiente a los ingresos brutos totales.
- Créditos y descuentos: Incluir todos los créditos tributarios aplicables.
- Pagos realizados: Descontar los seis pagos anticipados bimestrales.
- Saldo a favor o pagar: Determinar si hay saldo a favor para devolución o saldo a pagar.
4. Obligaciones de Retención en la Fuente
Aunque en general el SIMPLE simplifica obligaciones, persisten ciertas obligaciones de retención:
- Retención de IVA: Si aplica según la actividad, debe realizarse retención de IVA del 50% o 75%.
- Retención de impuesto de renta: Generalmente no aplica para el SIMPLE, pero puede aplicar en casos específicos.
- Reporte de retenciones: Las retenciones practicadas deben ser reportadas en el formulario de declaración.
- Pagos de retenciones: Las retenciones practicadas deben ser pagadas dentro de los plazos establecidos.
5. Aportes a Seguridad Social
El contribuyente del SIMPLE debe cumplir con obligaciones de seguridad social:
- Como empleador: Si tienes empleados, debes realizar aportes a AFP (pensión), EPS (salud), ARL (riesgos laborales), SENA e ICBF.
- Plazos de pago: Los aportes deben pagarse dentro de los primeros 10 días del mes siguiente.
- Declaración de nómina: Se debe reportar la información de empleados a través del formulario 1237.
- Como trabajador independiente: Si eres independiente, puedes aportar de forma voluntaria a pensión y salud.
6. Actualización de Información en la DIAN
Es obligación mantener actualizada la información registrada en el RUT.
- Cambio de domicilio: Debe ser reportado a la DIAN en el plazo legal.
- Cambio de actividad económica: Si tu actividad principal cambia, debes solicitar cambio en la clasificación.
- Cambio de representante legal: Para personas jurídicas, cualquier cambio debe notificarse.
- Cambios de datos personales: Cambios de nombre, teléfono, correo deben actualizarse.
- Plazo: Las actualizaciones deben hacerse dentro de 30 días de ocurrido el cambio.
7. Registro de Ingresos y Egresos
Aunque el SIMPLE no requiere contabilidad completa, sí requiere llevar registros:
- Libro de ingresos: Registro de todas las ventas o servicios prestados.
- Libro de egresos: Registro de compras o costos incurridos.
- Comprobantes: Todas las facturas emitidas y recibidas deben conservarse.
- Documentación de gastos: Facturas, recibos y soportes de gastos deducibles.
- Conservación de documentos: Se deben mantener por 5 años según la ley tributaria.
8. Cumplimiento de Obligaciones Laborales
Si tienes empleados, debes cumplir con obligaciones laborales adicionales:
- Afiliación de trabajadores: Todos los empleados deben estar afiliados a entidades de seguridad social.
- Pago de nómina: La nómina debe pagarse dentro del mes correspondiente.
- Diligenciamiento de formatos: Formato 1237 de declaración de nómina ante DIAN.
- Obligaciones parafiscales: Aportes a SENA e ICBF si corresponde.
- Riesgos laborales: Afiliación a aseguradora de riesgos laborales.
9. Cumplimiento de Obligaciones Aduanales (si aplica)
Si realizas importaciones o exportaciones:
- Importaciones: Deben cumplirse trámites aduanales y tributarios.
- Documentación: Póliza de importación, certificados de origen, facturas comerciales.
- Aranceles: Pago de aranceles e impuestos aduanales.
10. Obligaciones Especiales por Municipio
Según el municipio donde operes, pueden haber obligaciones locales adicionales:
- ICA municipal: Algunos municipios pueden cobrar ICA adicional al SIMPLE.
- Licencia de funcionamiento: Debe renovarse anualmente.
- Contribuciones especiales: Algunos municipios pueden cobrar contribuciones especiales.
- Registros sanitarios: Si aplica según actividad (comercio de alimentos, etc.).
- ✓ 25 enero: Pago bimestral enero-febrero
- ✓ 25 marzo: Pago bimestral marzo-abril
- ✓ 25 mayo: Pago bimestral mayo-junio
- ✓ 25 julio: Pago bimestral julio-agosto
- ✓ 25 septiembre: Pago bimestral septiembre-octubre
- ✓ 25 noviembre: Pago bimestral noviembre-diciembre
- ✓ 10 abril 2026: Declaración anual 2025
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de obligaciones formales puede resultar en:
- Sanciones económicas: Multas por no declarar, no pagar o incumplir.
- Intereses: Intereses sobre deudas tributarias no pagadas oportunamente.
- Exclusión del régimen: Incumplimiento reiterado puede resultar en exclusión del SIMPLE.
- Acciones administrativas: Embargos, cierre de establecimiento, en casos graves.
- Acciones penales: En casos de evasión fiscal o fraude tributario.